Los resentidos
Un presunto agresor sexual es una presunta víctima de una conspiración demonicodiabólica
Las teorías de la conspiración que emergen cuando un famoso intenta zafarse de una más que evidente culpabilidad suelen ser las mismas. Ahora un futbolista se encuentra en prisión preventiva por presuntos abusos sexuales a una joven de 23 años. Los hechos parece que ocurrieron en una discoteca de Barcelona el 30 de diciembre de 2022. La familia del famoso futbolista ha dado muestras de miseria cognitiva al achacar a una teoría de la conspiración demonicodiabólica el que su familiar sea un presunto violador, no van a reconocer pase lo que pase, que las ansias de poder de su familiar es una lacra misógina, es más, dirán que la víctima es el presunto violador.
https://www.marca.com/futbol/futbol-internacional/2023/01/26/63d202c046163f3c508b4571.html
Así se manifiesta en todo su esplendor la cultura de la violación, los hombres poderosos piensan que tienen una protección adicional y especial para hacer lo que consideren necesario para imponer su poder.
Una agresión sexual/violación es una conducta sexual que nada tiene que ver con el sexo, tiene que ver con la manifestación de poder por encima de todo. La violación es una agresión, está relacionada con la voluntad de ganar. Trata de hacerse con el control de un objeto -la mujer se convierte en un objeto-, trata del poder.
El negocio de la misoginia
Una sumisión de la mujer lograda a base de abusos psicológicos, físicos y sexuales es el objetivo de esta industria. Llamar libertad a “el hacer lo que se quiere”, y en ese hacer está el abuso sexual a las mujeres sin que los agresores sexuales tengan que dar cuenta a nadie y menos a autoridades judiciales tiene un gran atractivo para determinados sectores sociales.
La cultura de la violación es toda la estructura que justifica, alimenta y permite que la violencia sexual se produzca. No se erige directamente sobre el hecho en sí (la agresión sexual), sino sobre el sistema que lo sostiene, lo banaliza y, en consecuencia, pasa desapercibido, porque “Mujer, no es para tanto”. La agresión sexual y los agresores sexuales representan un fenómeno muy complejo y uno de los mayores retos a los cuáles se enfrenta la criminología, tanto a nivel teórico como aplicado. Las denuncias de violaciones, abusos sexuales y agresiones sexuales han aumentado en los últimos años.
Uno de los atenuantes de los delincuentes sexuales es “la poca resistencia que las denunciantes pueden llegar a mostrar”. Ataques misóginos jurídicos dan cuenta de cómo se mantiene esa cultura de la violación con “sesudos argumentos académicos”. Un ejemplo lo encontramos en un autor argentino que encima, en un alarde de victimismo, dice que “no se le ha entendido bien”.
https://psicologiajuridica.org/archives/5399
Las noticias dan cuenta de los asesinatos que se cometen hacia las mujeres que se resisten a las violaciones.
2022
Y sin entrar en el hoyo negro de los “crímenes de honor” que algunas culturas exhiben como grandes trofeos.
El descrédito y la mala reputación
Las víctimas de violencia sexual suelen sufrir descrédito en la opinión pública, sobre todo cuando denuncian a hombres conocidos o cuando su caso se hace mediático. La humillación forma parte del proceder de los violadores y agresores sexuales. La revictimización de las mujeres que han sufrido violencia sexual, obligadas a declarar en varias ocasiones a lo largo de todo el proceso judicial sobre las agresiones sufridas, es una constante que forma parte de las estrategias tanto de la defensa del agresor como de la familia y amigos del agresor, y si es famoso se unen los medios de comunicación en un alarde de complicidad de la más absoluta miseria humana.
Sometidas en muchas ocasiones a preguntas culpabilizantes es el procdso que forma parte de la tortura que tiene que pasar la mujer violada y que el violador sabe. La Psicología del testimonio parece que se pone a favor de los agresores sexuales y eso unido a los prejuicios existentes en la sociedad sobre las conductas de las mujeres ”que deben tener para que no sean violadas” hace que se inhiban de la denuncia. La prueba testifical de las denunciantes de delitos sexuales tiene un fin, el fin de establecer el nivel de credibilidad y fiabilidad de la prueba testimonial. La Psicología del testimonio es una ciencia experimental que pretende estudiar, conocer, entender y hasta predecir determinadas conductas humanas, se encarga de definir los factores que determinan la calidad o fiabilidad de un testimonio, así como su exactitud y credibilidad, al analizar los procesos internos de atención, percepción y memoria.
La exactitud y la credibilidad es algo que se persigue a la hora de hacer los interrogatorios. La cuestión es que la carga social que tienen los delitos de violación en las denunciantes juegan a favor de los agresores.
A veces la declaración de la denunciante puede resultar suficiente (muy pocas veces) para condenar a una persona por violación, si bien es cierto que esta ha de cumplir una serie de requisitos. Son los siguientes:
- Debe tener credibilidad.
- Debe ser lógica.
- No puede haber contradicciones.
- Debe estar apoyada por indicios.
Las estrategias de los abusadores para que estos requisitos se desmonten son muy variadas. Desmontar la credibilidad de la denunciante es el primer paso. La emergencia de un escepticismo de credibilidad hacia la denunciante hace gala de los prejuicios y estereotipos sexistas que se exhiben en la sociedad. Como los patrones conductuales de las víctimas de agresiones sexuales no son iguales, e incluso ni se parecen, esto hace reforzar la idea de que “no se ha producido una violación real y lo que la tipa quiere es llamar la atención”.
La credibilidad de la víctima es fundamental en casos de agresiones sexuales ya que estos delitos se suelen perpetrar sin que existan testigos de los hechos. Algunas estrategias de los defensores de los agresores pasa por revictimizar a la denunciante para que dudar de su testimonio, minimizar la gravedad de su relato o, lo que es más grave, responsabilizarlas de lo ocurrido es algo que se ha convertido en la normalidad en estos juicios, se deja claro que cuando se interpone una denuncia por violencia sexual la primera sospechosa es la denunciante.
Los discursos elaborados para responsabilizar a las denunciantes de las agresiones porque, según los criterios del orden social hegemónico, estaban ‘en el lugar inadecuado’, ‘a horas inadecuadas’, ‘con ropas inadecuadas’, ‘en compañía inadecuada’, han sido lo habitual tanto en los juicios como en los medios de comunicación masiva.
La complicidad de los medios de comunicación para que los agresores se vean como víctimas es algo que ha dado mucho lucro. Los medios tienen un rol clave en la reproducción de la cultura de la violación. Conseguir que la sociedad vea a la denunciante como “mala víctima” es una prioridad para algunos. Cualquier detalle de su vida personal puede justificar el atentado contra su cuerpo, su vida, integridad e intimidad. Algunos son muy expertos en estos menesteres.
La violencia ejercida hacia las mujeres de manera sistemática a través de los Medios de Comunicación Social desencadena una visión distorsionada de la realidad de las mujeres, asumiendo sus condiciones de vulnerabilidad como algo normal y natural, aumentando el nivel de violencia hacia éstas e impidiendo no sólo el logro de la igualdad plena entre los sexos, sino acrecentando una información desvirtuada acerca de lo que significa ser mujer, ofreciendo de ellas una imagen estereotipada y lejos de la realidad. De esta forma se mantiene el estatus social de pensar que el sexo femenino está al servicio del sexo masculina haciendo creer que esta subordinación sexual es una función natural y única.
2017
2018
La declaración de la denunciante tiene que ser lógica (el testimonio tiene que tener coherencia interna). Para que la verosimilitud del testimonio se mantenga, la declaración debe ser lógica, creíble, coherente, sin contradicciones, corroborada por datos objetivos de carácter periférico, como por ejemplo podría ser un informe médico y/o psicológico de la víctima, unas imágenes, o un testigo indirecto de los hechos, de entre otros (coherencia externa).
Este es otro punto a derrocar por parte de los defensores que harán lo posible para que esa ansiada lógica, tanto interna como externa, se vea comprometida. Para ello intentarán desmontar el discurso de la víctima letra a letra.
En unos momentos en los que la autoestima, el autoconcepto y puede que el cuerpo de la víctima esté comprometido, siendo más probable que las respuestas sean confusas, y tengan una carga de emotividad que no dejen ni respirar a la mujer se apoyen en que “está mintiendo”. La víctima tiene que mostrar:
-Seguridad en la declaración.
-Concreción en el relato de los hechos ocurridos.
-Claridad de exposición ante la policía, el fiscal, el Tribunal y cualquier entidad jurídica a la que tenga que declarar la denunciante/víctima.
-Un lenguaje gestual de convicción, la forma en que la víctima se expresa con los gestos que acompañan a la declaración es crucial.
-La seriedad expositiva, el relato no tiene que ser figurado, no tiene que tener fabulaciones o que sea poco creíble.
-Mantener una expresividad descriptiva en el relato de los hechos ocurridos.
-En el relato no puede haber lagunas que puedan llevar a dudas en su credibilidad.
-La declaración no debe ser fragmentada.
-El relato tiene que ser íntegro de los hechos, no exponer lo “que interese”.
-Hay que contar lo que perjudica y lo que beneficia a la víctima.
Y todo eso tiene que estar a la vista del Tribunal y el público, junto con los medios de comunicación, que van a estar haciendo lo posible para que la víctima se rinda y el agresor salga airoso, culpabilizando a la víctima para que el agresor aún tenga la capacidad de pedir algún tipo de beneficio económico de la víctima o incluso meter en la cárcel a la víctima por “denuncia falsa”. Así está mediado por la cultura de la violación en la cual nos desenvolvemos.
No pueden haber contradicciones en la declaración de la víctima/denunciante, esto es algo a lo que se acogen los defensores y que es muy jugoso a la hora de mantener los interrogatorios en los juicios.
La persistencia en la incriminación es que la víctima/denunciante debe mantener el mismo relato durante todo el procedimiento (ausencia de modificaciones esenciales en las sucesivas declaraciones prestadas), su declaración debe ser concreta y sin ambigüedades.
Cuando en las diferentes declaraciones que realizan a la denunciante/víctima existen contradicciones, beneficia al inculpado/a. Estas contradicciones pueden ser utilizadas por la defensa del acusado para declarar su inocencia. Lo que lleva al juez a determinar la inconsistencia en las declaraciones y a no validar la declaración de la víctima. Esto se debe al control del respeto al derecho a la presunción de inocencia que autoriza a la Sala (Tribunal) a valorar la existencia de prueba de cargo adecuada y su suficiencia.
Se considera que la prueba es adecuada cuando ha sido obtenida con respeto a los principios estructurales que informan el desarrollo de la actividad probatoria ante los órganos jurisdiccionales. Y la prueba es bastante cuando su contenido es netamente incriminatorio. Lo que ocurre es que la “presunción de inocencia” está teniendo unos intereses que dan al acusado unas presuntas ventajas que no son así. La presunción de inocencia es un elemento del juicio, es algo que tiene que estar presente en el juicio, es un derecho del inculpado.
La presunción de inocencia no es la carta en blanco para que a la víctima no se le crea, no se investiguen los hechos y no se aporten los testigos si los hubieran, y encima se imposibilita cualquier movimiento por parte de la acusación para que al imputado no se le haga un juicio. El principio, recogido en la Constitución Española en el artículo 24, está dirigido a conservar el estado de inocencia de la persona durante todo el trámite procesal. La vigencia del principio determina que un procesado no puede ser considerado ni tratado como culpable mientras no exista una sentencia condenatoria que adquiera la calidad de cosa juzgada formal y material.
Esto implica que únicamente la sentencia condenatoria firme es el instrumento idóneo capaz de vencer el estado de inocencia del procesado. Por ello, hay que tener la precaución constante de poner un “presuntamente/supuestamente” ante cualquier frase que indique que se está hablando de un presunto agresor sexual sin que se haya terminado el juicio y se le haya declarado culpable.
Ora cosa es lo que suele suceder en los medios de comunicación masiva, sobre todo cuando el presunto agresor es un famoso. Se habla de juicio paralelo cuando se está comentando en los medios de comunicación las cuestiones que también se llevan a cabo en las investigaciones propuestas por el juez.
- el papel o actividad que desempeñó el testigo, la víctima y el agresor;
- las personas que participaron directamente en el acontecimiento fundamental;
- el sitio / los sitios de los hechos;
- objetos directamente relevantes para la acción;
- condiciones de luz;
- posición global del cuerpo en el caso de acciones corporales;
Hace poco vimos como en un medio de comunicación salió hasta el DNI de la víctima para dar solvencia a unos delincuentes sexuales.
La libertad de expresión no es una patente de corso para los mensajes de odio, los insultos y las diferentes verbalizaciones defensoras de delincuentes sexuales, entre otros delitos.
La testificación
Testificar es convertirse en un narrador poco fiable. A ojos de los demás la sinceridad y la mentira están a la misma altura. En principio, parece ser que la verosimilitud de un relato pasa por muchas fases. El descrédito de la víctima/denunciante es muy fácil:
«¿Y por qué lo denuncia ahora?»
«¿Y por qué iba sola?»
«¿Y por qué ahora es malo ir con las piernas estiradas en el metro?»
«¿Y por qué se viste así?»
«¿Y por qué seguía viendo a su acosador?»
«¿Y por qué estaba borracha?»
«¿Y por qué no se lo dijo a nadie?»
«¿Y por qué ahora no se le puede decir un piropo a una mujer?»
Si a eso unimos que hay veces que las víctimas han sufrido lesiones graves, con meses de recuperación, nos encontramos ante un panorama desolador ante la misoginia que se despliega en los casos de abusos sexuales ya que de un modo u otro se pone a la víctima/denunciante como “loca”, “desquiciada”, “despechada”, “resentida”, etc.
Es ahí cuando se ven los efectos sociales protectores a los agresores sexuales. Hay dos fenómenos cognitivos y sociales que se dan en estos asuntos. La victimización o victimización primaria se refiere a los daños físicos, psíquicos, psicológicos o emocionales que una persona sufre por efecto de un hecho delictivo o acontecimiento traumático. La revictimización o victimización secundaria es entendida como la repetición de una vivencia de violencia de una persona, en el sistema de instituciones e individuos que tienen como función atender las consecuencias de la experiencia primaria, esto es la policía, sistema de justicia o servicios sociales. También hay revictimización por parte de las personas allegadas a los agresores, familia, amigos y redes sociales. Todo este entramado social se enfoca a que la víctima/denunciante se vea acorralada en una serie de circunstancias que le den impunidad al agresor, entre ellas está:
a) La humillación, mediante conductas como crítica constante, insultos, comentarios despectivos, humillaciones públicas, acusaciones falsas, etc. Mina la autoestima de la víctima y pone en conflicto su identidad;
b) Mediante conductas de manipulación consigue que la víctima asuma la responsabilidad y se cuestione su propio estado mental;
c) El aislamiento, que intenta cortar vínculos de amistad, familiares y de trabajo de la víctima con la finalidad de conseguir la dependencia absoluta;
d) El control del patrimonio y dinero, establece una clara relación de poder y dependencia de la víctima para su supervivencia y en varios casos la de sus hijos, si los tuviera.
El agresor, a lo largo de los millones de juicios que se han realizado por delitos sexuales, ha hecho lo posible para culpabilizar a la víctima. Los comportamientos que afectan a la libertad sexual de las mujeres es algo que perturba a ciertos sectores de la población. Poner en cuestión el comportamiento de la víctima antes, durante y después de los hechos.
Respuestas incondicionadas
Las conductas de respuesta de lucha, huida y sumisión están ampliamente estudiadas en biología y etología, resulta que mientras en las violaciones y agresiones sexuales la respuesta de lucha y huida eran las más aceptadas jurídicamente para la víctima, es la sumisión la respuesta que más tiene lugar. El someterse al agresor para “que termine cuanto antes”, es lo que más pone en el foco a la víctima. Como dijo una mujer, “Yo no le dije que no, pero no supe qué hacer, me quede como congelada” y esto es lo que los violadores arguyen diciendo “les gustó que la violaran”. Incluso hoy en día, en algunos códigos penales, se le exige a la mujer una resistencia heroica para tener más probabilidades de acusación al violador. La prensa tiene muchos artículos de cómo niñas y mujeres han sido quemadas o tiroteadas por resistirse a la violación. Parece ser que para el sesudo criminólogo argentino que pide que la mujer se resista ante una agresión sexual, el no ver que algunos violadores matan a sus víctimas y que eso forma parte de su proceder es algo que no tiene importancia “ya que en base a la legitimización de la misoginia imperante, la víctima de violación siempre tiene la culpa por el hecho de que al agresor le imponga la culpa”.
Así que tenemos la perfecta estrategia para que el agresor salga impune de su delito. Ahí tenemos una conducta, como es el sometimiento, que sin pretenderlo se pone de parte de los agresores. Así es, las distorsiones cognitivas que se despliegan tanto para justificar la acción como para culpabilizar a la víctima se mantienen en un rango de justificación moral, de esta forma se justifican los más abyectos detalles de los delitos y se perpetúan los mitos. Los mitos de violación se definen como actitudes y creencias culturalmente arraigadas, falsas, amplias y persistentes, que tienen como función justificar, negar o trivializar las agresiones sexuales que los hombres cometen en contra de las mujeres:
- ”A ella le gustaba, estaba gimiendo”.
- “Ella lo provocó”.
- “Se lo merecía, ella me maltrató psicológicamente”.
- El obispo de Tenerife afirma que algunos menores incitan al abuso sexual.
- Un cura justifica los abusos de sacerdotes porque «los jóvenes son unos seductores».
- “Era solamente un juego”.
- “Fue una relación sexual consentida”.
- “Los hombres tienen impulsos sexuales que no pueden reprimir”.
- “Ella también lo disfrutó”.
- “En el fondo ella también quería”
- “Era muy promiscua…”.
- “¿Qué llevabas puesto cuando te violaron?, ¿tenías puesta ropa íntima? ¿te habías puesto la minifalda por algo especial”.
Pregunta por Ángela
El protocolo internacional “Pregunta por Ángela” (Ask for Angela) se inició en el Reino Unido en 2016, ha sido implementada en diferentes países y ciudades con gran éxito para proteger a las mujeres de situaciones de acoso, peligro o violencia en establecimientos nocturnos con la implementación de un protocolo en las barras de los sitios, con los equipos de trabajo y con la articulación interinstitucional debida.
Promover espacios y comportamientos de protección a la mujer en establecimientos nocturnos y de gasto de bebidas alcohólicas abiertos al público, que reduzcan los riesgos y situaciones de vulnerabilidad ante cualquier evento de acoso y / o violencia física, sexual o psicológica. Hayley Child fue la promotora de esta idea desde el Consejo del Condado de Lincolnshire.
Favorecer un ocio nocturno seguro en el que todos los usuarios, incluidas las mujeres, se sientan cómodos, así como acabar con las agresiones sexuales ocurridas en este ambiente son algunos de los objetivos de esta iniciativa.
“Hola, soy Ángela. ¿Estás en una cita que no va bien? ¿Sientes que no estás en una relación segura? ¿Tu cita de Tinder o Plenty of Fish no es quien decía ser en su perfil? ¿Parece todo un poco raro? Si vas a la barra y preguntas por Ángela, el personal sabrá que necesitas ayuda para escapar de la situación y te pedirá un taxi o te ayudará discretamente, sin mucho alboroto?”. De acuerdo con los carteles que anuncian el programa, lo único que deben de hacer las mujeres que sientan que su cita va demasiado rápido al punto de volverse peligrosa, es ir a la barra, ‘preguntar por Ángela’ y el personal del establecimiento le ayudará a pedir un taxi o a sacarla de la situación de forma discreta.
En 2018 el Ayuntamiento de Barcelona sacó el protocolo “No callem”.
La violencia sexual, en cualquiera de sus formas, supone una de las más terribles experiencias vitales que puede padecer un ser humano. Provoca, junto con el daño físico, un sufrimiento psíquico derivado de la vulneración del bienestar, de la autonomía, de la privacidad y de la seguridad. La violencia sexual abarca actos que van desde el acoso verbal a la penetración forzada y una variedad de tipos de coacción, desde la presión social y la intimidación a la fuerza física. La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la violencia sexual como: “todo acto sexual, la tentativa de consumar un acto sexual, los comentarios o insinuaciones sexuales no deseados, o las acciones para comercializar o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona, independientemente de la relación de esta con la víctima, en cualquier ámbito, incluidos el hogar y el lugar de trabajo”.
La coacción puede abarcar:
• uso de grados variables de fuerza
• intimidación psicológica
• extorsión
• amenazas (por ejemplo de daño físico o de no obtener un trabajo o una calificación, etc.).
También puede haber violencia sexual si la persona no está en condiciones de dar su consentimiento, por ejemplo cuando está ebria, bajo los efectos de un estupefaciente, dormida o mentalmente incapacitada.
La violencia sexual y por motivos de género constituye una violación de los derechos humanos. Este tipo de violencia perpetúa el estereotipo de los roles de género que niega la dignidad humana del individuo y obstaculiza el desarrollo. La abrumadora mayoría de víctimas/sobrevivientes de la violencia sexual y por motivos de género son mujeres y niñas.
Estrategias de las defensas de agresores en violaciones sexuales
https://www.sport.es/es/noticias/sociedad/abogado-alves-explica-brasileno-cambiado-dv-82081917
En breve, el ilustre abogado del presunto agresor de turno, soltará que la denunciante/víctima ha tenido el “gran honor” de ser presuntamente violada por tan magno presuntamente agresor sexual. Sí, el abogado está poniendo al futbolista como una víctima, pondrá resentimiento en la mujer para dar grandeza a un acto delictivo. Esta relación asimétrica delictiva da cuenta de cómo se aprovechan los agresores porque consideran que su caprichosos deseos están por encima de cualquier tipo de persona. La desproporción de poder entre un agresor sexual y la víctima da ventaja al agresor. Da emergencia a unos interrogatorios a las mujeres violadas hoy en día con una carga de prejuicios culturales que ponen a los agresores en posición de víctimas porque “han sucumbido a los encantos de una mujer que quiere fastidiarle la vida”.
Esta presunta agresión sexual es muy mediática. Los agentes implicados en la defensa del presunto agresor son muy poderosos, con mucho dinero y mucha influencia. La presunta denunciante/víctima ya ha renunciado a una posible indemnización para que su testimonio sea más creíble. Así las cosas tenemos unos conflictos mediáticos que van a ensuciar todo lo posible el nombre de la víctima.
Seguiré informando.
Bibliografía:
https://www.sanidad.gob.es/organizacion/sns/planCalidadSNS/pdf/equidad/genero_vg_01.pdf
http://pepsic.bvsalud.org/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0254-92472017000100008&lng=pt&nrm=iso
https://genteconideas.es/contra-acoso-pregunta-por-angela/
https://www.sopitas.com/mientras-tanto/ask-for-angela-campana-no-more-inglaterra/
https://www.derechoenzapatillas.com/2017/un-bar-ayuda-a-mujeres-en-peligro/
https://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/98821/WHO_RHR_12.37_spa.pdf;sequence=1
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2022-14630
https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2005/3667.pdf
https://www.dw.com/pt-br/o-que-é-o-protocolo-no-callem-aplicado-no-caso-daniel-alves/a-64510463
https://lafuturachannel.net/caso-dani-alves-las-politicas-feministas-de-barcelona-funcionan/
https://sonar.es/es/2023/party-safe
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-4606
https://www.ucm.es/sexviol/file/informe-sexviol-25-febrero-2022
https://revintsociologia.revistas.csic.es/index.php/revintsociologia/article/view/1049/1422
https://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-33992015000100004
https://jimhopper.com/espanol-no-gritan-defienden/
https://sede.justiciaencanarias.es/sede/at-victimas-sexual
https://www.ehu.eus/documents/1736829/2028519/08+-+Impacto+psicologico.pdf
http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0121-182X2021000200053
https://efd.uy/medios-complices/
https://www.ucm.es/sexviol/file/2021_credibilidad-de-las-victimas-de-agresion-sexual?ver
http://portal.amelica.org/ameli/jatsRepo/103/1031013005/html/index.html
https://estudiocastilloalva.pe/2019/11/25/abuso-sexual-ausencia-de-coherencia-interna-o-externa-2/
https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1057755
https://tirant.com/actualidad-juridica/noticia-testifical-de-la-victima/
https://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1190819
https://www.rinberabogados.com/falta-de-persistencia-de-la-victima-en-la-declaracion/
https://www.inmujeres.gob.es/publicacioneselectronicas/documentacion/Documentos/DE0631.pdf